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La junta electoral otorga a los carteros la capacidad de "dar fe" del voto y recoger el sufragio en el domicilio

La junta electoral central ha decidido que los carteros puedan "dar fe" de la recepción del voto y les ha otorgado la capacidad de recoger en los domicilios los sobres de las personas que elijan ejercer así este derecho en las elecciones previstas para el próximo 12 de julio en Galicia, en la línea de lo que ha solicitado la Xunta.

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Voto por correo en Galicia en las elecciones generales de 2019.

La junta electoral central ha decidido que los carteros puedan "dar fe" de la recepción del voto y les ha otorgado la capacidad de recoger en los domicilios los sobres de las personas que elijan ejercer así este derecho en las elecciones previstas para el próximo 12 de julio en Galicia, en la línea de lo que ha solicitado la Xunta.

De hecho, ha informado de este acuerdo el Gobierno gallego, que envió a la junta electoral varias peticiones para garantizar el derecho a voto y las medidas sanitarias a los ciudadanos. El acuerdo de la junta electoral recoge varias demandas de la Xunta, como organizadora de los comicios que es, y la cual insta a fomentar el voto por correo.

La junta electoral ha aceptado parcialmente la propuesta del Gobierno gallego de que se pueda realizar por vía telemática, mediante un sistema que acredite la identidad del solicitante, la petición del voto. En este sentido, el árbitro electoral matiza que debe hacerse esta petición a través de la página web de Correos mediante firma electrónica.

En cuanto a la posibilidad de establecer protocolos para facilitar el empleo de este sistema de votación, la junta electoral recoge que el personal de Correos que entrega la documentación electoral en el domicilio, una vez comprobada la identidad y recibidos los sobres electorales, "tiene la posibilidad de devolverlos ya cumplimentados", de manera que recibirá "un justificante que acredite que ya ejerció su derecho a voto".

"El personal de Correos deberá comprobar la identidad de dicho elector mediante la exhibición del DNI o de cualquier otro documento oficial acreditativo de su identidad, debiendo anotar el número de dicho documento, dando fe de esa recepción personal, sin que, en consecuencia, sea imprescindible que el elector firme personalmente la entrega", señala la resolución de la junta electoral.

De todas formas, la junta electoral central aclara que se trata de una posibilidad opcional y "extraordinaria" --con una interpretación especial de la ley para esta ocasión por la pandemia--, por lo que la fórmula presencial en la oficina de Correos deberá seguir vigente como hasta ahora en los plazos establecidos. Concretamente, está abierta la posibilidad de solicitar el voto por correo hasta el 2 de julio y se podrá emitir hasta el 8.

"DEMANDAS CUMPLIDAS"
En un comunicado, el Gobierno autonómico considera "cumplidas las demandas" de la Xunta para que la junta electoral y el Ministerio del Interior "adopten medidas que favorezcan que los ciudadanos puedan ejercer el derecho a voto de sufragio activo sin acudir al local electoral el día de la votación".

La Xunta también proponía en su protocolo ampliar el plazo del voto por correo hasta dos días antes de las elecciones. Sobre esta cuestión, la junta electoral no se pronuncia y únicamente hace referencia en uno de los puntos de la resolución a los "plazos establecidos", que son los ya mencionados.

En su resolución, la junta electoral pide dar traslado del acuerdo tanto a las administraciones de Galicia, como a la de País Vasco, que también celebra elecciones el próximo 12 de julio.

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