#Claves de la semana

Legislación de Juego de Azar en Galicia

En España se ha aprobado recientemente el Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego, el cual regulará por primera vez las campañas publicitarias de apuestas y juegos de azar.Las medidas incluidas en el decreto van desde limitaciones horarias de publicidad, prohibición de emisión de bonos promocionales para captación de clientes, prohibición de publicidad a través de correo postal o en establecimientos deportivos durante horarios no permitidos, y la prohibición de cerrar contratos de publicidad entre clubes deportivos y empresas relacionadas a los juegos de azar que impliquen incluir publicidad en los uniformes o equipamiento, entre otras medidas restrictivas.   En la actualidad, la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) es el ente gubernamental que regula, autoriza, supervisa, controla y penaliza todas las actividades relacionadas con los juegos de azar estatales y privados en las comunidades autónomas españolas, incluyendo los que operan en forma presencial así como los que realizan actividades en línea. Conjuntamente con la DGOJ, y al igual que todas las comunidades autónomas, la Xunta de Galicia comparte roles de regulación, autorización, fiscalización y supervisión de las actividades de juegos de azar dentro de su territorio mediante normas, las cuales pueden tener diferencias con el resto de comunidades por diversas razones geográficas, poblacionales, medioambientales e incluso culturales.La comunidad autónoma de Galicia clasifica los establecimientos para juegos de azar en 4 tipos: casinos, bingos, salones de juegos y tiendas de apuestas.


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En España se ha aprobado recientemente el Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego, el cual regulará por primera vez las campañas publicitarias de apuestas y juegos de azar.

Las medidas incluidas en el decreto van desde limitaciones horarias de publicidad, prohibición de emisión de bonos promocionales para captación de clientes, prohibición de publicidad a través de correo postal o en establecimientos deportivos durante horarios no permitidos, y la prohibición de cerrar contratos de publicidad entre clubes deportivos y empresas relacionadas a los juegos de azar que impliquen incluir publicidad en los uniformes o equipamiento, entre otras medidas restrictivas.   


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En la actualidad, la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) es el ente gubernamental que regula, autoriza, supervisa, controla y penaliza todas las actividades relacionadas con los juegos de azar estatales y privados en las comunidades autónomas españolas, incluyendo los que operan en forma presencial así como los que realizan actividades en línea


Conjuntamente con la DGOJ, y al igual que todas las comunidades autónomas, la Xunta de Galicia comparte roles de regulación, autorización, fiscalización y supervisión de las actividades de juegos de azar dentro de su territorio mediante normas, las cuales pueden tener diferencias con el resto de comunidades por diversas razones geográficas, poblacionales, medioambientales e incluso culturales.


La comunidad autónoma de Galicia clasifica los establecimientos para juegos de azar en 4 tipos: casinos, bingos, salones de juegos y tiendas de apuestas. El número de este tipo de locales ha sufrido un preocupante incremento y ha sido necesario un cambio en las normas para el otorgamiento de licencias de funcionamiento.


Actualmente, debido a la pandemia, el límite de personas permitidas en los establecimientos de juego de azar que operan en Galicia no deberá superar el 75% del aforo total, y los horarios de cierre en casinos y bingos no excederá las 4 de la madrugada, mientras que el de los salones de juego y casas de apuestas, las 2:30.


De acuerdo con el decreto 72/2019 del 4 de Julio de 2019, se ha dispuesto una limitación de 118 autorizaciones para la instalación de salones de juego, 41 para tiendas de apuestas, y 12 para bingos.


También se debe tener en cuenta que existe un límite mínimo de distancia entre establecimientos de juegos de azar. La distancia entre locales de bingo es de al menos 1000 metros, mientras que para salones de máquinas recreativas y tiendas de apuestas, la distancia mínima es de 300 metros. Asimismo, la distancia que se debe mantener entre centros educativos y establecimientos de juegos de azar es de 150 metros.


En el caso de las máquinas de juego de azar, estas deberán estar inscritas en un Registro de Modelos donde se deberá incluir información referente al nombre comercial o modelo de la máquina, información de la empresa fabricante o importador, y dimensiones del equipo.  

La comunidad autónoma de Galicia cuenta con un Registro de Empresas de Máquinas de juego donde deben estar inscritas todas las empresas fabricantes, importadoras, comercializadoras, distribuidoras, operadoras de máquinas, así como titulares de salones de juegos o que presten servicio técnico y que deseen operar en Galicia. El capital social mínimo requerido varía entre 30,000 euros y 60,000 euros.


La legislación de la Xunta de Galicia clasifica las máquinas de juego en 3 tipos diferentes: Máquinas de tipo A (recreativas y especiales), Máquinas de tipo B (recreativas con premio programado y especial) y Máquinas de tipo C o de azar.


Para las máquinas de tipo C o de azar, el pago máximo permitido será de 15,000 veces la apuesta, y el retorno de ganancias para el jugador deberá ser mínimo del 80% de las apuestas efectuadas. Las máquinas de apuestas deberán contar con información visible referente a los valores disponibles para las apuestas, reglas del juego, porcentaje de retorno de ganancia para el jugador, descripción de combinaciones ganadoras y sus premios.


En 2013 la Xunta de Galicia autorizó a 6 empresas la comercialización de apuestas deportivas en modo presencial. Estas empresas son: Codere, Gestión de Apuestas Gallegas con su marca Reta, Egasa Hattrick con su marca Luckia, Sportium Apuestas de Galicia con su marca Sportium, Solwin y su marca Bwin, y Apuestas de Galicia.


Cada operador de casas de apuestas podrá utilizar hasta un máximo de 333 equipos de apuestas. Las empresas tendrán autorización para instalar 1 máquina de apuestas en establecimientos de hostelería y poder abrir tiendas de apuestas (con un máximo de 12 equipos) en salones de juegos (con un máximo de 5 equipos), bingos (con un máximo de 5 equipos), y casinos (con un máximo de 5 equipos).


Por lo que respecta a juegos de azar en línea, la legislación es la misma en todo el país. Actualmente existen más de 70 casinos en línea que operan con licencia en toda España ofreciendo apuestas deportivas, tragaperras, bingo y mesas de juegos.

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