Golpe de la Audiencia Nacional a las empresas de contact center: los festivos no podrán "absorber" un día libre
El alto tribunal sentencia sobre el derecho a compensar los festivos que coincidan con el descanso semanal.
Una sentencia en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional puede resultar histórica y beneficiosa para miles de trabajadores del sector de los contact center, especialmente para aquellos que prestan servicios de lunes a viernes. En el auto, la AN establece que las empresas del sector quedan obligadas a garantizar que los días festivos no puedan ser solapados por días de libranza.
UN DÍA LIBRE Y UN FESTIVO NO SON LO MISMO
De esta forma, y según la sentencia emitida este 19 de mayo (contra la que todavía cabe recurso), en respuesta a la demanda interpuesta por la Federación de Servicios de CCOO frente a la Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX), queda patente que los trabajadores afectados deberán disfrutar de un día adicional de descanso cuando su libranza semanal coincida con un festivo nacional, autonómico o local.
Hasta ahora, se daban circunstancias en las que el festivo "remplazaba" el tiempo de descanso semanal concedido a los trabajadores, de manera que se consideraba disfrutado el festivo cuando coincidía con el día de descanso semanal sin conceder un día libre adicional. Ahora las empresas que componen la patronal tendrán que adecuarse a esta nueva norma, de manera que compensen con un día libre los festivos que hayan quedado absorbidos por el descanso semanal.
"La sentencia reconoce, además, que esa compensación deberá disfrutarse en un plazo máximo de 14 días y que tendrá efectos retroactivos para quienes hayan sufrido esta situación durante el último año", añaden desde CC.OO. en su comunicado, donde recalcan que este se trata de un conflicto estatal sobre un circunstancia que se estaba dando en distintos centros de trabajo de todo el territorio nacional, pero con casos particulares como los de Atento y Sitel.

"El Tribunal Supremo distingue entre días festivos y días de descanso semanal como dos conceptos diferenciados, con finalidades distintas. El descanso semanal protege la salud laboral y la recuperación de la persona trabajadora, mientras que los festivos garantizan el disfrute de fechas de especial relevancia cívica, religiosa o social. Por ello, no cabe que un festivo quede absorbido por el descanso semanal cuando ambos coinciden", agrega el sindicato, desde donde defienden la tesis de que "un festivo no puede desaparecer por coincidir con el día de descanso semanal" y que este fallo puede abrir la puerta a que esta consideración pueda ser aplicada en el futuro a otros sectores.
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