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Aprobado el nuevo convenio de la hostelería en A Coruña, con una subida salarial del 11,75% hasta 2024

Patronal y sindicatos han dado luz verde al nuevo convenio para el sector de la hostelería en la provincia de A Coruña, que incluye una tabla salarial que contempla subidas salariales del 11,75% hasta el año 2024.


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El acuerdo se ha sellado después del último encuentro de los sindicatos y la patronal, incorporando una subida salarial. 

 

El convenio contempla que las empresas estarán obligadas a tener, al menos, a un 65% de los trabajadores con contrato indefinido.

 

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Foto: EP

 

Patronal y sindicatos han dado luz verde al nuevo convenio para el sector de la hostelería en la provincia de A Coruña, que incluye una tabla salarial que contempla subidas salariales del 11,75% hasta el año 2024.

De ello ha informado este lunes la Federación de Servicios de CCOO de Galicia, que señala que el nuevo marco laboral estará vigente hasta 202 y contempla el abono de retrasos de forma retroactiva desde el 1 de enero, que deberán abonarse antes de marzo de 2023.

Así las cosas, la tabla salarial del convenio establece una subida salarial del 4% para este año, del 3,75% para 2023 y del 4% para 2024. Al término de ese año, si el IPC acumulado durante la vigencia del convenio rebasa el 11,75%, se producirá un ajuste en las tablas de 2025 "con el 50% de la diferencia".

Más allá de cuestiones retributivas, los fijos discontinuos tendrán un período mínimo de cinco meses de llamado, para el que deberán ser avisados con diez días de antelación .

Se contempla la posibilidad de que estos trabajadores consoliden el 50% en caso de superar los cinco meses en dos años, condiciones que también se extienden a los contratos a tiempo parcial por un mínimo de cuatro horas diarias y 20 semanales.

Asimismo, las empresas estarán obligadas a tener, al menos, a un 65% de los trabajadores con contrato indefinido. También se reconoce el derecho a la desconexión, con prohibición de enviar mensajes o correos profesionales fuera de horario laboral excepto en casos de urgencia.

Además, el convenio fija un complemento de 20 euros mensuales para cada persona trabajadora en empresas que no acrediten impartir formación en las condiciones establecidas.

 

CAMARERAS DE PISO Y REPARTIDORES

Por su parte, las categorías de camarera o camarero de piso estarán regidos a partir del 1 de abril de 2023 por el artículo 43.6 del Estatuto de los Trabajadores de aplicación para las empresas contratistas y subcontratistas.

Asimismo, en las empresas donde las personas trabajadoras hagan reparto a domicilio en vehículo, se les aplicará el convenio de hostelería de la provincia de A Coruña.

 

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