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El TSXG estima un recurso del Ayuntamiento de Vigo contra la Xunta por un baremo de puntuación de ayudas a municipios

El alcalde denuncia que las bases "prácticamente imposibilitaban" que la ciudad accediese a las subvenciones

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El alcalde denuncia que las bases "prácticamente imposibilitaban" que la ciudad accediese a las subvenciones

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado un recurso del Ayuntamiento de Vigo contra la Xunta por las bases de unas ayudas a municipios para programas de empleo al considerar que no debía valorarse la participación en una iniciativa para potenciar la implantación de empresas.

En la sentencia, contra la que cabe recurso de casación, el tribunal estima el recurso contencioso-administrativo del Ayuntamiento e impone al Gobierno gallego el pago de costas hasta un máximo de 1.500 euros. Sin embargo, afirma que "no puede ordenar retrotraer" el procedimiento "al momento en que se produjo el vicio" debido a su conclusión, aunque recuerda que la Administración local podrá reclamar "la compensación debida por la lesión económica antijurídica que se le hubiera producido".

El TSXG recuerda que en diciembre de 2019 la Xunta aprobó tres órdenes que establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a ayuntamientos para poner en práctica programas y talleres de empleo y las convocó para 2020.

El Ayuntamiento formuló requerimientos para su anulación al considerar que las ayudas que solicitó en el marco de estas órdenes podrían verse perjudicadas en la puntuación a valorar, pero fueron desestimados.

Por ello, presentó un recurso para que se reconociese su derecho a que los procedimientos de convocatoria de las subvenciones se resolviesen excluyendo la condición de 'Concello emprendedor-Concello Doing Business' --un protocolo de actuación entre la Xunta y la Fegamp--, así como la puntuación correspondiente.

RESOLUCIÓN
El TSXG considera los municipios que se hubieran adherido a la iniciativa podrían recibir puntuación en convocatorias de ayudas y subvenciones dirigidas al propósito del protocolo, fomentar la implantación de empresas y su fijación, pero "no podría amparar el otorgamiento de puntuación alguna en las convocatorias que se dirigieran a cumplir otras finalidades radicalmente", como las órdenes impugnadas.

De hecho, advierte de que la introducción de "un criterio de puntuación anómalo" en las bases supone que "se desestabilice y rompa la coherencia, neutralidad y objetividad que deben presidir el otorgamiento de las subvenciones públicas".

Además, los jueces concluyen que "aún si se pudiera otorgar alguna puntuación en esas convocatorias a los municipios que se hubieran adherido a la iniciativa", la de este caso "sería notablemente desproporcionada" al representar la quinta parte de la puntuación total para los ayuntamientos que se presentasen de modo individual.

Por su parte, el alcalde de la urbe olívica, Abel Caballero, ha denunciado el "abuso absoluto de la Xunta" y ha defendido que el Ayuntamiento "tiene derecho" percibir estas ayudas para programas de empleo pese a no formar parte del protocolo 'Concellos Doing Business Galicia'. De este modo, ha criticado que el Gobierno gallego "hizo unas bases que prácticamente imposibilitaban que Vigo recibiera ayudas", lo que supuso que le "birló" a la ciudad 543.000 euros correspondientes a las cantidades que podría haber percibido.

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