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Solo cuatro de las 19 solicitudes para morir dignamente se aplicaron en Galicia desde la aprobación de la eutanasia

Desde su entrada en vigor, hace casi un año, hubo 19 solicitudes y cuatro se llevaron a cabo

 

 


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La Asociación Derecho a Morir Dignamente reclama más formación en esta materia para los profesionales sanitarios y campañas divulgativas sobre el proceso. 

 

Isabel Blanco, vicepresidenta de la entidad, considera que hay "otra transparencia" en otras comunidades comparadas con Galicia en torno a este tema. 

 

Archivo - Concentración de Derecho a Morir Dignamente
Foto: EP

La asociación Derecho a Morir Dignamente en Galicia reclama más formación de los profesionales sanitarios y más información para difundir el "derecho" a solicitar la eutanasia, en base a los requisitos establecidos por una ley que entró en vigor el 24 junio del año pasado.

Así lo ha manifestado a Europa Press su vicepresidenta, Isabel Blanco, quien ha asegurado que son numerosas las solicitudes de información que reciben, una cuestión que vincula con la falta de formación en esta materia por parte de los profesionales sanitarios.

Según el Sergas, desde la entrada en vigor del Decreto de regulación de la Eutanasia, se ha recibido un total de 19 solicitudes, "de las que en cuatro se ha realizado la prestación". "En cuanto a los restantes casos, la mayoría de los procedimientos se encuentran aún en proceso", han apostillado desde la Consellería de Sanidade respecto al que se debe seguir hasta autorizarla o no.

Sobre la situación en Galicia, Isabel Blanco afirma que una vez al año debe publicarse un informe, pero que en el caso de esta autonomía no se ha hecho aún después de que la Comisión de Garantía y Evaluación de la Eutanasia --la que debe hacerlo, aclara -- no se constituyese hasta julio. Con todo, apunta que en otras comunidades se ha publicado antes. "Hay otra transparencia", indica.

En cuanto a la aplicación de la ley, admite que, al tratarse de una legislación nueva, es "difícil normalizar ese derecho", aunque, al hilo de ello, incide en que "faltan campañas divulgativas y formación del personal sanitario". "La gente va a pedir al centro de salud información y no saben", asegura sobre los profesionales que deben dar respuesta a esta cuestión.

 

LEY "GARANTISTA"

De esta legislación, remarca que es "muy garantista". Así, recuerda que hay un primer médico que hace una valoración y que la persona solicitante debe "reafirmarse en su demanda de ayuda a morir o no ya que puede volverse atrás".

Hay también una segunda valoración de un médico, que vuelve a ver el historial del paciente y si se cumplen los requisitos que marca la ley, además de la intervención de un jurista. Sobre la persona que lo solicita, aclara que "en cualquier momento puede parar el proceso, aún aprobado el reconocimiento de ese derecho puede volverse para atrás".

"Hubo algún caso en Galicia", señala, aunque añade suele ser "una decisión muy reflexionada". Incluso apunta que alguna persona "se muere en el camino de la demanda", precisa sobre casos en los que se fallece antes de que esté concluido todo el proceso.

 

REQUISITOS

Entre los requisitos que debe cumplir, está ser mayor de edad; "ser capaz, consciente" de lo que se pide; estar informado, ser español o llevar más de un año censado en España y tener una enfermedad grave e incurable o estar un contexto de fragilidad progresiva.

"Cánceres muy avanzados, fallos cardíacos, renales o pulmonares, un padecimiento grave crónico e imposibilitante que limite la autonomía física", expone como casos y aludiendo a que debe estar corroborado que lo que padece el solicitante no tiene cura, además de analizarse los posibles cuidados paliativos. "No se espera mejoría y el sufrimiento se considera insoportable", añade.

En relación al perfil, indica que es "muy variado", con personas nonagenarias hasta otras "a las que les han diagnosticado un ELA". Además, asevera que, al recibir determinados diagnósticos, la asociación recibe solicitudes de información por parte de los propios afectados, de familiares o de amigos.

Por otra parte, recuerda que la posibilidad de incluir la eutanasia se puede recoger en el testamento vital, pero que, de no ser así, no se es posible pedirla si no se es "consciente" de lo que se demanda.

Respecto a los posibles objetores por parte de los profesionales sanitarios, manifiesta que el "porcentaje" en Galicia por lo que les consta no es "muy elevado". Por ello, ve garantizada la presencia de estos en los casos en que se lleve a cabo la eutanasia.

 

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