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Veamos las particularidades de este sistema y las diferencias existentes entre renting para empresas y renting particulares.
Aclaremos que el renting, en realidad, consiste en un alquiler. Aunque el conductor es el titular del vehículo, accede al uso del mismo a cambio del pago de una cuota mensual como si de un inmueble se tratase.
La duración de los contratos de renting se estipula entre los 2 y los 5 años. Al término del contrato, el usuario puede quedarse el coche en régimen de propiedad plena mediante el pago del valor residual del mismo o elegir un nuevo coche y seguir pagando cuotas mensuales.
Casi todos los clientes de renting escogen esta última opción y más adelante veremos por qué.
Por otra parte, lo que comenzó siendo un sistema de financiación para empresas se ha convertido en una opción de uso generalizado por parte de conductores particulares.
Según los datos de la Asociación Española de Renting de Vehículos, el porcentaje actual de vehículos matriculados que se financian mediante renting ya alcanza el 20 %.
El cliente no tiene que pagar ninguna entrada al inicio del contrato y en la cuota mensual del renting se incluye cualquier gasto que pueda ser ocasionado por el uso del vehículo, salvo el capítulo correspondiente al combustible. Es decir:
Por lo tanto quien adquiere un vehículo mediante renting se beneficia de las siguientes ventajas:
No necesita aportar ningún capital inicial
Sabe exactamente cuál será el coste mensual del coche, sin ningún tipo de gastos imprevistos
Siempre está al volante de un vehículo prácticamente nuevo
Además, la cuota mensual se fija en función de los kilómetros anuales a recorrer, por lo que los conductores que hacen pocos kilómetros al año obtienen unas tarifas muy interesantes.
No hay problema si el cliente precisa hacer más kilómetros de los estipulados inicialmente, ya que lo único que ocurrirá es que tendrá que abonar la diferencia entre la cuota que paga y la que corresponde a los kilómetros realmente recorridos.
No existe ninguna diferencia práctica ni operativa entre el renting de coches para empresas y para particulares.
El procedimiento de contratación es idéntico y las condiciones de los contratos tampoco presentan diferencias.
La única distinción es la referida al tratamiento de los impuestos: en el caso de las empresas, el vehículo se considera un medio para la realización de la actividad económica, por lo que pueden deducirse los siguientes impuestos:
Como es lógico, los particulares son considerados usuarios finales del vehículo y no pueden deducir ningún impuesto.
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